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Regulación
Instrucciones FUAM

Normativa de la FUAM para dar a conocer, desde su inicio, cómo se gestionan los proyectos de formación continua evitando así, situaciones complejas durante su gestión. Así mismo, la protección de los intereses presentes y futuros de los proyectos, y de la propia FUAM, han sido tenidos en cuenta a la hora de elaborar estas instrucciones.

Leyes

Este real decreto tiene por objeto desarrollar la estructura de las enseñanzas universitarias oficiales, de acuerdo con las líneas generales emanadas del Espacio Europeo de Educación Superior y de conformidad con lo previsto en el artículo 37 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en su nueva redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la anterior.

Asimismo, este real decreto establece las directrices, condiciones y el procedimiento de verificación y acreditación, que deberán superar los planes de estudios conducentes a la obtención de títulos, previamente a su inclusión en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT).

Tiene por objeto el establecimiento de la organización y la estructura de las enseñanzas universitarias, a partir de los principios generales que definen el Espacio Europeo de Educación Superior (EEES). Al mismo tiempo, ordena la oferta académica oficial y la oferta de otros títulos, específicamente la referida a la formación permanente, y regula las estructuras curriculares específicas y las prácticas académicas externas que las universidades podrán incorporar a sus planes de estudios.

El objeto del presente real decreto es el desarrollo de la regulación de las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios

Establece los mecanismos de inclusión en la Seguridad Social de los participantes en programas de formación financiados por entidades u organismos públicos o privados, que, vinculados a estudios universitarios o de formación profesional, conlleven contraprestación económica para los afectados, siempre que, en razón de la realización de dichos programas, y conforme a las disposiciones en vigor, no viniesen obligados a estar de alta en el respectivo Régimen de la Seguridad Social.

Normativas UAM

Ante la necesidad de adecuar, precisar y aclarar algunos aspectos que permitan avanzar hacia una gestión común, el objeto de las presentes directrices es proporcionar un marco de aplicación común que aporte seguridad jurídica y eficacia en la gestión de las prácticas externas realizadas por estudiantes1 de la Universidad Autónoma de Madrid.